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COMISIÓN PARAECUESTRE
La Comisión Paraecuestre tiene por objeto representar y promover valores e intereses específicos de personas discapacitadas o con capacidades diferentes en la práctica del deporte Paraecuestre.
Discapacidad es un término genérico, que incluye deficiencias de las funciones y/o estructuras corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, indicando los aspectos negativos de la interacción entre un individuo (con una «condición de salud») y sus factores contextuales (factores” ambientales y personales») La definición conceptual del estudio se encuentran basados en la “Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF)” promulgada por la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.
La Comisión Paraecuestre procura a sus Clubes afiliados y a sus miembros, oportunidades de desarrollo social, moral e intelectual mediante la práctica de la equitación paraecuestre y como actividad previa de adaptación para el deporte, la equinoterapia o rehabilitación ecuestre.
También desarrolla entre sus afiliados la práctica y fomento del deporte paraecuestre, tanto nacional como internacional.
Reglamento nacional
Documentos
Consulta el reglamento oficial de la disciplina paraequestre en el sitio de la Federación Ecuestre Internacional (FEI) ¡Infórmate y compite con conocimiento!
Bases
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